Resolución rectoral que establece los procedimientos administrativos electrónicos vigentes en la US
09 Ene 2025
Adjunto | Tamaño |
---|---|
Instrucción de Secretaría General sobre el modo de tramitar los recursos administrativos.pdf | 195.42 KB |
- El pasado día 18 de diciembre se ha publicado en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla la Con ella se da carácter oficial a un amplio conjunto de procedimientos electrónicos que han venido implantándose por impulso del Vicerrectorado de Transformación Digital a lo largo de los últimos meses, con el objetivo de conseguir la progresiva puesta en funcionamiento de la Administración Electrónica en el horizonte temporal previsto por el Reglamento de Administración Electrónica (aprobado por Acuerdo 7.1/CG 20-12-22).
- De este modo, a partir del 30 de enero estos procedimientos pasarán a ser exclusivamente electrónicos. Hasta esa fecha, se contempla un período transitorio en el que podrán tramitarse como se hacía hasta la puesta en funcionamiento de la correspondiente aplicación.
- La resolución rectoral, conforme a la facultad que le concede el mencionado Reglamento de Administración Electrónica, ha establecido la obligatoriedad de los procedimientos electrónicos para todos los usuarios, en atención a la extensión generalizada de los medios necesarios para ello. No obstante, se dispone que, previa petición del interesado, si se aprecia que este carece de conocimientos o medios técnicos o de posibilidades de conexión y que no puede utilizar los que la Universidad ponga a su disposición o cuando su discapacidad le impida utilizar los medios necesarios, la Secretaría General lo exceptúe en ese procedimiento concreto de la obligatoriedad del uso del procedimiento electrónico aprobado.
- En esta resolución rectoral se acuerda también que las notificaciones que efectúe esta Universidad se lleven a cabo de modo electrónico con carácter general a partir del 30 de enero. Desde la fecha de publicación de la Resolución Rectoral hasta el jueves 30 de enero de 2025, la Universidad de Sevilla empleará el modo de notificación actualmente vigente, si bien podrá complementariamente efectuar la notificación por vía electrónica. En ese caso, se tomará como fecha de notificación la de aquélla que se hubiera producido en primer lugar.
- Complementariamente, y de acuerdo con la previsión del artículo 63.4 del Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Sevilla, la Secretaría General ha dispuesto que las notificaciones electrónicas se practiquen en esta Universidad mediante el sistema de comparecencia en la sede electrónica de la Universidad de Sevilla, de modo que en esta Universidad solo se empleará este sistema de notificación, excluyéndose otros, como la carpeta ciudadana singularmente. (https://www.us.es/sites/default/files/secretaria-general/bous/files/2024_13_18RSG2024.12.16NoticacionesElectronicas_firmado.pdf)Para dar de alta todos aquellos procedimientos que aún no estén disponibles y precisen de una notificación electrónica, la unidad responsable de dicho procedimiento deberá acceder al aplicativo "Sistema de Información Administrativa": https://sevius4.us.es/index.php?sia para cumplimentar la información necesaria. Desde el vicerrectorado de Transformación Digital se dará soporte a todas las cuestiones técnicas que necesite.
- En la resolución se contempla también la implantación del procedimiento electrónico de presentación y tramitación de recursos de alzada, de reposición y de revisión que pasan a depender de la Secretaría General. En relación con la puesta en funcionamiento de este procedimiento, se remite adjunta Instrucción de la Secretaría General.