Reconocimiento de créditos

La Facultad de Física de la Universidad de Sevilla permite a los estudiantes solicitar el reconocimiento de créditos como parte del proceso de adaptación y movilidad académica. Este procedimiento consiste en la aceptación, por parte de la Universidad, de créditos obtenidos en otras enseñanzas universitarias oficiales, en enseñanzas superiores no universitarias, o incluso mediante la acreditación de experiencia laboral o profesional. También se pueden reconocer créditos por la participación en actividades culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias o de cooperación universitaria .

El objetivo es facilitar la continuidad de los estudios sin necesidad de repetir contenidos ya superados, siempre que exista una equivalencia en competencias y contenidos entre las asignaturas cursadas y las del plan de estudios del Grado en Física. La solicitud debe presentarse en la Secretaría del centro, acompañada de la documentación justificativa correspondiente, y será evaluada por la Comisión de Reconocimiento de Créditos de la Facultad

Reconocimientos de Créditos

Aplicable al Grado y Máster Universitario

Definición

Se entiende por reconocimiento la aceptación por la Universidad de Sevilla de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en ésta u otra universidad son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial.

Solicitud

A instancias del interesado, en la Secretaría del Centro. En el momento de la matrícula en el Centro. Tendrán su origen en materias o asignaturas cursadas y superadas, en ningún caso se referirán a materias o asignaturas previamente reconocidas, convalidadas o adaptadas.

 

Reconocimiento automático basado en la aplicación de tablas de adaptaciones de los planes de estudios.- de Licenciado en Física a Grado en Física. El exceso de créditos cursados que no tengan equivalencia directa podrá aplicarse al cómputo de créditos optativos del nuevo plan.

Resolución

Corresponderá al Decano, en el plazo máximo de 3 meses.
Contra la resolución del Decano se podrá interponer recurso de Alzada ante el Rector

Solicitud en impreso normalizado (a recoger en el Centro). Certificación académica personal de los estudios realizados, original, expedida por el Centro de origen (original y copia o compulsada). Copia del plan de estudio publicado, sellado por el Centro (original y copia o compulsada). Programa con el contenido de cada uno de los módulos o materias y su carga en ECTS superados, sellados por la Universidad de origen o documentación que acredite las competencias adquiridas y los contenidos formativos cursados. En ambos casos, deberá constar la fecha de vigencia de los mismos que deberá corresponder con la fecha de aprobación de la asignatura.

Entre un mismo título oficial.- Serán objeto de reconocimiento automático, los módulos o materias comunes definidas para cada título de Grado. En caso de no haberse superado íntegramente un módulo, el reconocimiento se realizará por materias o asignaturas en función de las competencias y conocimientos asociados a las mismas.

Documentación

Entre distintos títulos oficiales

Siempre que el título al que se pretenda acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento la totalidad de los créditos correspondientes a las materias de formación básica de dicha rama. Serán también objeto de reconocimiento de créditos los obtenidos en aquellas otras materias de formación básica pertenecientes a la rama de conocimiento del título al que se pretende acceder. Para el resto de los créditos, el reconocimiento de créditos se realizará teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y los conocimientos asociados a las restantes materias cursadas y los previstos en el plan de estudios o que tengan carácter transversal.
Transferencia de Créditos

Definición

Implica que en los documentos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en ésta u otra universidad, que no hayan conducido a la finalización de sus estudios con la consiguiente obtención de un título oficial.

Aplicación

Los créditos correspondientes a materias o asignaturas previamente superados por el estudiante, en enseñanzas universitarias no concluidas y que no puedan ser objeto de reconocimiento, serán transferidos a su expediente en los estudios a los que ha accedido con la calificación de origen y se reflejarán en los documentos oficiales acreditativos de los estudios seguidos por el mismo, así como en el Suplemento Europeo al Título.

Procedimiento

Se solicitará en la Secretaría del Centro, coincidiendo con la matrícula, el alumno indicará si ha cursado anteriormente otros estudios oficiales sin haberlos finalizado. Para llevar a cabo la transferencia será necesario que el alumno cierre el expediente de la titulación que dejó de cursar, abonando en la Secretaría de la titulación abandonada el traslado de expediente.

En el supuesto de simultaneidad no se procederá a hacer transferencia de créditos por cuanto la razón de ser de la simultaneidad es cursar en su totalidad las dos enseñanzas.

Solicitud

En la Secretaría del Centro. En el momento de realizar la matrícula o durante el período establecido por la Universidad de matrícula. Carta de pago de haber abonado el traslado de expediente para el Centro de destino.

Adaptación/Convalidación

(Para planes de estudios estructurados en créditos LRU: Licenciado en Física e Ingeniero de Materiales)

Convalidación de estudios.- para reconocer asignaturas superadas entre planes de estudios que conducen a distintos títulos oficiales.

Adaptación.- reconocer asignaturas cursadas entre planes de estudios que conducen a un mismo título oficial.

Criterios de convalidación/adaptación.- equivalencia entre contenido y carga lectiva.

Solicitud:

En la Secretaría del Centro. En el momento de realizar la matrícula (no se admitirán solicitudes fuera de este plazo).

 

Resolución.- Será adoptada por el Decano en el plazo máximo de 3 meses desde la solicitud.

Contra la resolución que adopte se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Rector.

  • Programas de tales asignaturas sellados por el Centro en el que se cursaron. (Fotocopia compulsada u original y fotocopia para su compulsa).

Documentación:

Solicitud en impreso normalizado que se recogerá en la Secretaría. Certificación académica.- en la que figure las asignaturas cursadas, calificaciones obtenidas, curso en que fueron aprobadas y plan de estudios a que corresponden. (Fotocopia compulsada u original y fotocopia para su compulsa).